
En una resolución histórica, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) amparó demandas del SAQ contra ASSE y anuló dos convenios firmados por la anterior administración de la misma con el SMU. Los mencionados convenios fueron firmados sin participación del SAQ, aunque referían a trabajo de los médicos anestésico quirúrgicos. El fallo del TCA, órgano máximo que regula la legitimidad de los actos del estado y cuyas sentencias no son impugnables, reivindica la representación del SAQ como única entidad gremial para negociar en nombre de los profesionales anestésico quirúrgicos.
El Sindicato Anestésico – Quirúrgico (S.A.Q.) impugnó en el 2018 resoluciones de la anterior Administración de A.S.S.E. por las que se aprobaron Convenios Colectivos sobre “Funciones de Alta Dedicación” (F.A.D.) en Cirugía General y Anestesiología, Convenios Colectivos para cuya negociación el S.A.Q. había sido desplazado en favor del S.M.U. y en cuya aprobación, pese a sus reiterados reclamos, el S.A.Q. no pudo participar y ni siquiera fue consultado, y que además, de acuerdo al alegato del S.A.Q. tales convenios “significaban un perjuicio en las condiciones laborales de los médicos anestésico quirúrgicos”.
En anteriores oportunidades el S.A.Q. había participado en negociaciones de convenios con A.S.S.E. y con Instituciones Privadas, por lo cual, además de la violación de los derechos sindicales y normativa relativa a la Negociación Colectiva, el Sindicato consideró que, en estos casos, como luego aceptan las sentencias, “se incurrió en ilegitimidad por contravención de los actos propios de la Administración, por lo que requirieron la anulación de los actos impugnados”.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, falló a favor del S.A.Q., amparando ambas demandas y anulando los actos administrativos impugnados y por ende los Convenios Colectivos firmados por A.S.S.E. con el S.M.U.
Las demandas referían a convenios que la anterior Administración de Servicios de Salud del Estado firmó con el S.M.U. por los que se implementaban las llamadas “Funciones de Alta Dedicación” (F.A.D.) para los Cirujanos Generales y Anestesistas que trabajan en A.S.S.E., sin que en la negociación participara el S.A.Q., sindicato que representa gremialmente a los médicos a quienes estaban destinadas esas modalidades de trabajo y remuneración.
Por otra parte, y además de que no se le dio participación en la negociación correspondiente, esos acuerdos fueron rechazados por el S.A.Q. ya que consideró que se estaba pretendiendo modificar convenios que justamente habían sido celebrados por la propia A.S.S.E. con el S.A.Q., «disponiéndose la eliminación de aumentos salariales allí pactados y dejando además a los integrantes del colectivo médico en una situación sustancialmente perjudicial con relación a la ya existente».
Se informa asimismo que actualmente se están realizando gestiones con A.S.S.E. para que se establezca con el S.A.Q., como Sindicato representativo de los Cirujanos y Anestesistas, una legítima negociación sobre las “F.A.D.”. Por otro lado, es de destacar que estas resoluciones reafirman la queja presentada ante la O.I.T. por el S.A.Q. contra el Estado Uruguayo por discriminación sindical, lo que actualmente se encuentra a estudio del Comité de Libertad Sindical de tal entidad.